sábado, 4 de mayo de 2019

LAS REDES SOCIALES EN EL DERECHO

REDES SOCIALES Y COMUNICACIÓN

REDES SOCIALES Y COMUNICACIÓN
Las redes sociales han revolucionado la forma de comunicarse; de los amigos contados con los dedos de una mano se ha pasado en muy poco tiempo a tener cientos, a los que la mayoría de las veces nunca se ha dado un abrazo. Estas estructuras de contacto acercan y alejan. Permiten comunicarse a cualquier hora del día con cualquier persona, aunque viva a una distancia kilométrica, pero también pueden aislar a las que están más cerca.
Con diferentes finalidades, desde la meramente profesional hasta la de compartir ocio, conocimientos o buscar pareja; todas ellas atienden a una de las necesidades básicas del ser humano: estar en contacto con otra persona, socializarse y cubrir el sentimiento de pertenencia.

WEB 2.0

WEB 2.0

El término Web 2.0 o Web social
1​ comprende aquellos sitios web que facilitan el compartir información, la interoperabilidad, el diseño centrado en el usuario y la colaboración en la World Wide Web. Web 2.0 permite a los usuarios interactuar y colaborar entre sí, como creadores de contenido. La red social conocida como web 2.0 pasa de ser un simple contenedor o fuente de información; la web en este caso se convierte en una plataforma de trabajo colaborativo.Ejemplos de la Web 2.0 son las comunidades web, los servicios web, las aplicaciones Web, los servicios de red social, los servicios de alojamiento de videos, las wikisblogsmashups y folcsonomías.

La evolución de las aplicaciones, que pasan de ser estáticas a dinámicas, implica la colaboración del usuario.

El término Web 2.0 está asociado estrechamente con 
Tim O'Reilly, debido a la conferencia sobre la Web 2.0 de O'Reilly Media en 2004.2​ Aunque el término sugiere una nueva versión de la World Wide Web, no se refiere a una actualización de las especificaciones técnicas de la web, sino más bien a cambios acumulativos en la forma en la que desarrolladores de software y usuarios finales utilizan la Web.3

TIC Y DERECHO


TIC Y DERECHO
Vivimos la llamada “sociedad de la información”, que se caracteriza por cambios radicales en materia económica, social y cultural. Es decir, el mundo en el que nos desenvolvemos está enmarcado por una serie de transformaciones que permean todos los entornos de manera sustancial.
El origen primordial de esas transformaciones ha sido la inclusión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en todos los ámbitos de nuestra vida, de tal manera que la forma de trabajar, socializar y aprender se ha modificado. Ante estos sucesos transformadores, los profesionistas no deben dejar a un lado el aprendizaje y uso de las TIC, sino que deben prepararse para coexistir con la tecnología de manera armoniosa.
Es bien sabido que el derecho y la tecnología no han ido siempre de la mano, los licenciados en derecho de generaciones pasadas tenían cierta reticencia a las nuevas tecnologías. “Los abogados son, en general, muy reacios al avance tecnológico. No es algo reciente, se ha dado siempre. Los abogados casi siempre llegan tarde a los desarrollos de otras ramas del conocimiento. Esa reticencia o falta de espíritu abierto a la innovación es algo que afecta profundamente al derecho, para cuya actualización a veces hay que esperar demasiados años. El mundo cambia y los abogados parecen resistirse a verlo, o tomar medidas para seguirle el paso a la fluctuante realidad” (Carbonell, 2011).